En nuestro camino empresarial no es extraño encontrarnos con relaciones contractuales que generan derechos y obligaciones.
Estas obligaciones y derechos se plasman en contratos que hay que revisar para comprobar que es lo que pretendemos.
Desde el bufete D-LEY, nos encargamos de revisar, redactar, modificar todos los contratos de su empresa informándole de su clausulado y de sus ventajas e inconvenientes.
Le asesoramos y agilizamos todos los trámites relacionados con la compra o venta de sus propiedades, acciones, participaciones, etc.Realizamos todos los pasos con el objeto de facilitarle su transmisión encargándonos de todos los trámites incluyendo impuestos, notaría, registro.
Redactamos y asesoramos sobre cualquier contrato que deba realizar.Le informamos de las obligaciones y/o derechos generados por la relación contractual tanto por su parte como por el resto de las mismas así como su permanencia en el tiempo
A partir de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (préstamos a partir del 16-6-2019), el Banco deberá asumir todos los gastos de la constitución de la hipoteca (Gestoría, Notario, Registro y AJD), excepto los gastos de tasación y las copias que irán a cargo del prestatario consumidor. No obstante, los gastos hipotecarios abonados por el prestatario con anterioridad a esta ley y que han sido repercutidos sistemáticamente al prestatario consumidor, pueden ser reclamados.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su reciente Sentencia de 16 de julio de 2020, ha dado un paso a favor de los consumidores. En resumidas cuentas, los gastos se deben distribuir como si no existiera tal cláusula, aplicando las disposiciones de derecho nacional, es decir: los gastos notariales y de gestoría se repartirían al 50% y los registrales los pagaría el Banco, no hay dudas que el IAJD será a cargo del prestatario al ser el sujeto pasivo del impuesto. En el bufete D-LEY, estudiamos tu caso concreto y te asesoramos sin compromiso sobre la viabilidad de tu reclamación.
Hoy en día es una situación muy complicada para el propietario la ocupación de una vivienda. Ya sea primera, segunda, apartamento vacacional o inversión en alquileres, la protección jurídica básica es insuficiente para defender sus derechos.Nos especializamos en resolver rápidamente esta situación, evitando en gran medida los trastornos ocasionados a los propietarios.
A veces dentro de las comunidades de propietarios existen discrepancias sobre zonas comunes, obligaciones, derramas, etc. Muchas de ellas son por malentendidos o interpretaciones erróneas de la Ley de Propiedad Horizontal.
En nuestro despacho les atenderemos tanto a nivel individual como comunitario e intentaremos en todo momento llegar a un acuerdo positivo para ambas partes y que garantice una convivencia pacífica para todos los vecinos.
También asesoramos a administradores de fincas en todo lo concerniente a las comunidades, bien sean comuneros, personal de limpieza o porteros u otros así como sobre los servicios de la comunidad, contratos, seguros, etc.
Contacte
¿Tiene alguna duda?
Estaremos encantados
de solucionarla
Dirección
Ronda de Nelle 16, entreplanta (C1)
1º izquierda, A Coruña
Mail
contacto@d-ley.es
Teléfono
981 27 22 56
Álvaro Santamaria
693 408 062
Juan Ángel García
630 808 292
Contacte
¿Tiene alguna duda?
Estaremos encantados
de solucionarla
Dirección
Ronda de Nelle 16, entreplanta (C1)
1º izquierda, A Coruña
Mail
contacto@d-ley.es
Teléfono
981 27 22 56
Álvaro Santamaria
693 408 062
Juan Ángel García
630 808 292
Aviso Legal y Política de Privacidad / Política de Cookies · BUFETE D-LEY © 2020
Escríbenos por Whatsapp